Cartel 56 edición 2016 |
Bases de los Concursos de Cante, Guitarra, Baile e Instrumentista Flamencos, y de la Convocatoria Cultural Internacional.
Cualquier institución o entidad
interesada en celebrar alguna de las pruebas selectivas de los concursos
de cante, guitarra y baile flamencos, deberá comunicarlo a la
organización del Festival para la tramitación del correspondiente
expediente administrativo.
LVII Concurso de Cante Flamenco
La Fundación Cante de las Minas convoca el LVII Festival
Internacional del Cante de las Minas y, dentro de él, el LVII Concurso
de Cante, que se regirá por las siguientes:
BASES
PRIMERA.- El Festival se celebrará en esta ciudad
durante el período comprendido entre los días 2 y 12 de agosto, ambos
inclusive, del año 2017, de los cuáles estarán específicamente dedicados al Concurso de Cante los días 9, 10, 11 y 12.
SEGUNDA.- En la LVII edición del Festival, se
establecen los siguientes premios, distribuidos entre los grupos y
modalidades de cante que a continuación se especifican:
GRUPO I: CANTES MINEROS
A) Premio Lámpara Minera, que llevará aneja la concesión del trofeo de este nombre, galardón máximo del Festival, y estará dotado con la cantidad de quince mil euros (15.000 €).
Se otorgará al concursante que evidenciando un buen dominio y
conocimiento de los cantes mineros con carácter preferente, en la
presente edición del Festival demuestre también su solvencia en otros
estilos flamencos. El jurado calificador, para poder establecer la
calificación final de los candidatos a dicho premio, calculará la media
aritmética ponderada de las interpretaciones que cada concursante
realice en la minera y en al menos otro u otros estilos más de cantes
mineros, así como en los grupos II y/o III establecidos en las bases del
concurso de cante, teniendo en cuenta a la hora de realizar el cálculo,
la siguiente baremación:
Minera: Supondrá el 50 % de la calificación.
Resto de estilos del Grupo I: Supondrán el 25% de la calificación.
Grupos II y/o III: Supondrán el 25 % de la calificación.
Para la obtención del premio Lámpara Minera
no será por tanto requisito indispensable alzarse con el premio de
mineras, o con cualquier otro de los premios del concurso de cante,
pero en el caso de que así fuere, con la adjudicación del Premio Lámpara Minera,
la dotación económica que tiene asignada, en la cuantía antedicha,
absorberá las correspondientes a los primeros premios que el ganador de
aquél galardón hubiera podido obtener.
Por otra parte, el importe de la propia dotación se hará efectivo del modo siguiente: diez mil euros (10.000 €)
tras la entrega general de los premios concedidos en los diversos
concursos del Festival; el resto, una vez que haya tenido lugar la
tercera de las actuaciones a que se refiere la base decimocuarta.
El ganador del premio “Lámpara Minera” vendría obligado a realizar la
grabación de un DVD, en los términos que indica la base decimoquinta,
en el caso de que el Comité Organizador acordara su realización.
B) Mineras: Primer Premio, dotado con la cantidad de seis mil euros (6.000 €)
C) Cartageneras: Premio único dotado con tres mil euros (3.000 €)
D) Tarantas: Premio único dotado con tres mil euros (3.000 €)
E) Murcianas y otros cantes mineros (taranto, levantica, fandango minero…..). Premio único dotado con tres mil euros (3.000 €)
GRUPO II: CANTES DE MÁLAGA, GRANADA, CÓRDOBA Y HUELVA
A) Malagueñas: Premio único, dotado con tres mil euros (3.000 €).
Para optar al mismo, los concursantes deberán interpretar dos cantes de
esta modalidad, pertenecientes a variantes o estilos diferentes entre
sí; pudiendo ser uno de ellos sustituído por el prefacio, o por una
granaína.
B) Otro cante, libremente elegido por cada
concursante entre los siguientes: granaínas, fandangos de Granada,
Huelva y Lucena, verdiales, rondeñas, jaberas, jabegotes y restantes
tipos de fandangos regionales o locales, de acreditada significación en
el contexto flamenco. Premio único, dotado con la cantidad de tres mil euros (3.000 €)
GRUPO III: CANTES BAJOANDALUCES
A) Tonás, siguiriyas, livianas y serranas, premio único dotado con tres mil euros (3.000 €)
B) Soleares, bulerías por soleá, cañas y polos, premio único dotado con tres mil euros (3.000 €)
C) Bulerías, cantiñas, tangos, tientos, peteneras, farrucas, fandangos personales,
y en su caso otras modalidades de cante propuestas por los
concursantes, cuya catalogación dentro de este apartado se considere
pertinente por el jurado calificador, al tiempo de efectuarse las
pruebas selectivas previas a que alude la base sexta. Premio único, con
la dotación de tres mil euros (3.000 €)
CANTAORES JÓVENES
Premio especial para cantaores jóvenes, dotado con la cantidad de tres mil euros (3.000 €),
que sólo se podrá adjudicar a concursantes que no consiguieran ningún
otro de los premios previstos en esta base, en la presente edición o en
ediciones anteriores.
Tendrán a tal efecto la consideración de “cantaores jóvenes” los que,
al tiempo de la iniciación del concurso, no hubiesen cumplido la edad
de 25 años.
NOTA: A las cantidades que constituyen la dotación económica
de los premios se les aplicarán, en el momento de hacerse efectivas, y
para su posterior ingreso en el erario público, las retenciones
establecidas por la vigente legislación del Impuesto sobre la Renta de
las Personas Físicas. La misma prescripción regirá respecto a las demás
cantidades que, por concepto distinto, sean abonables a los concursantes
con arreglo a las presentes bases, en el caso de que estuvieren sujetas
al tributo.
Todos los pagos se realizarán mediante transferencia bancaria
a la cuenta designada a tal fin por los concursantes a la hora de
formalizar su inscripción.
TERCERA.- Podrán tomar parte en el Concurso cuantos cantaores lo deseen, sin más limitaciones que las siguientes:
a) Fecha de nacimiento posterior al 31 de diciembre de 2001.
b) Haber mantenido relación o vínculo
laboral o mercantil con la Fundación Cante de las Minas por un período
superior a un mes durante las tres últimas ediciones.
c) Los cantaores que, en cualquiera de
las precedentes ediciones del Festival, hubiesen conseguido La Lámpara
Minera no podrán concursar en futuras ediciones del certamen.
CUARTA.- La inscripción en el concurso se podrá efectuar por cualquiera de los siguientes medios:
a) Mediante comunicación escrita,
dirigida a la Fundación Cante de las Minas (C/ Mayor nº 55, Edificio
Casa del Piñón, 2ª Planta, 30.360 LA UNIÓN -Murcia-), en cuyo caso el
solicitante deberá cumplimentar y adjuntar un boletín, según un modelo
elaborado por la Organización del Festival, y que se podrá descargar de
la página Web festivalcantedelasminas.org
b) A través de internet, cumplimentando el boletín de inscripción disponible en la página web festivalcantedelasminas.org
En ambos casos, se deberán indicar en el boletín los siguientes
datos: palos a interpretar, nombre y apellidos, nombre artístico si lo
tuviere, NIF, lugar y fecha de nacimiento, domicilio de residencia,
teléfonos de contacto, correo electrónico, y en su caso localidad/es
donde ha realizado la/s prueba/s de selección en el caso de haberse
presentado a este concurso alguna/s de las tres últimas ediciones.
Asimismo, será imprescindible adjuntar una fotografía tamaño carnet, el correspondiente currículum artístico, y certificación bancaria
(o en su defecto fotocopia de la libreta de ahorros) en la que figure
como titular o cotitular de la misma el concursante que solicita la
inscripción
La cumplimentación del boletín implica la aceptación del solicitante a
cumplir escrupulosamente las obligaciones que para éste comporta el
hecho de la inscripción.
El plazo para formalizar la inscripción acabará el día 15 de mayo de 2017.
Se significa especialmente que NO SERÁ VÁLIDA LA INSCRIPCIÓN POR
TELÉFONO O FAX, en cuyo caso se considerará como una mera
preinscripción, que no será firme, y por tanto no tendrá efectos, hasta
tanto en cuanto no se subsane con la presentación del resto de
documentación exigida, indicada anteriormente.
QUINTA.- La inscripción no deberá extenderse a más
de seis de las modalidades de cantes previstas en la base segunda. Dicho
número será el que marque el límite de los premios a que un mismo
cantaor podrá optar. Es obligatorio inscribirse, al menos, en una de las
modalidades de cante comprendidas en el Grupo I (Cantes Mineros).
El número de las coplas que se podrán interpretar en cada modalidad de cante será el reflejado en el anexo I.
SEXTA.- Los cantaores inscritos vendrán obligados a
someterse a unas pruebas selectivas, cuya superación les dará paso a las
fases subsiguientes.
Dichas pruebas, que tendrán carácter público, se realizarán durante
los meses de junio y julio, en los lugares y fechas que, con antelación
suficiente, determine la Organización, según el procedimiento y las
condiciones reflejadas en el anexo II.
SÉPTIMA.- El jurado calificador podrá declarar
desierto cualquiera de los premios previstos, sin perjuicio de su
facultad para, si lo estimare oportuno, distribuir en varios accésits la
dotación económica correspondiente.
OCTAVA.- Los concursantes dispondrán de un
guitarrista oficial contratado para la ocasión por la Organización del
Festival, tanto para las pruebas de selección como para las fases
semifinales y final. Sin embargo, todo concursante podrá, a su costa,
hacerse acompañar por algún otro guitarrista distinto a los oficiales
del festival, que libremente designe.
La asignación de guitarrista oficial para las fases semifinales y
final a cada uno de los concursantes que así lo solicitaren, se llevará a
cabo por la organización del Festival, mediante sorteo único y con
carácter público.
NOVENA.- La Organización del Festival abonará a los
concursantes que no tengan la conceptuación de locales, por su
participación en las pruebas semifinales o final, los gastos de viaje, a
razón de quince céntimos de euro (0,15 €) por kilómetro recorrido, a partir del municipio de residencia habitual.
Se satisfará, asimismo, a los referidos concursantes una dieta de setenta euros (70 €), abonable por cada día de actuación.
Los concursantes cuyo municipio de residencia diste menos de 60
kilómetros del lugar de realización de las citadas pruebas, percibirán
una indemnización única de treinta euros (30 €), en concepto de dietas y gastos de viaje.
En el caso de los aspirantes inscritos y seleccionados para la
realización de las pruebas selectivas, se establece una cantidad única
en concepto de indemnización para dietas y viáticos de ciento cincuenta euros (150 €), o en su defecto, de treinta euros (30 €) en el caso de que sean locales.
Los concursantes que obtuviesen cualquiera de los premios previstos
en la base segunda, no tendrán derecho al percibo de dietas y gastos de
viaje, salvo los que devengaren por su participación en las pruebas
selectivas previas, según se establece en el apartado f) del anexo II.
DÉCIMA.- Respecto a los concursantes que alcanzando
la final no llegasen a obtener alguno de los premios contemplados en la
base segunda, la Organización del Festival abonará exclusivamente a cada
uno de éstos la cantidad de seiscientos euros (600 €), además de las cantidades que devengaren por su participación en las pruebas selectivas previas, en ambos casos en concepto de dietas y gastos de viaje.
UNDÉCIMA.- Las actuaciones interpretativas que, como
consecuencia de este concurso, se ejecuten en el Festival, aún en el
supuesto de que no resultaren premiadas, podrán ser objeto de grabación,
reproducción, distribución y comunicación pública, total o parcial,
para su edición sobre cualquier sistema técnico o formato, inventado o
por inventar, así como para su emisión por radio y televisión a través
de ondas hertzianas, cable, fibra óptica o digital, o por Internet, con
un ámbito universal y por el máximo de tiempo que permita la vigente
legislación.
Lo dispuesto en esta cláusula lo será sin perjuicio de los derechos
que pudieran ostentar terceras personas en relación con los cantes
interpretados, y de las autorizaciones que al respecto fuere necesario
recabar.
DUODÉCIMA.- A todo concursante que, habiendo
superado las pruebas de selección, actúe efectivamente en las
semifinales o final se le expedirá, si lo solicitare, un diploma
acreditativo de su intervención en el Festival.
DECIMOTERCERA.- La inscripción en el Concurso
implicará la plena aceptación de las presentes bases, así como la del
fallo del jurado calificador, que será inapelable.
La Fundación Cante de las Minas se reserva el derecho de emprender
acciones legales contra aquellos concursantes que insulten o difamen
personalmente o a través de cualquier medio escrito, digital o
audiovisual, y/o intenten agredir, en particular, a algún miembro del
jurado calificador de los concursos, y en general, de la organización
del Festival Internacional del Cante de las Minas, por estar en
desacuerdo con el fallo de aquél, además de la imposición de una
penalización consistente en la inadmisión vitalicia al concurso, y la
revocación, en su caso, del premio o premios obtenidos.
DECIMOCUARTA.- El ganador del premio “Lámpara
Minera” (Grupo I, apartado A) de la base segunda) vendrá obligado a
realizar, al menos, tres recitales de promoción, en las fechas, lugares y
condiciones que la Organización del Festival determine.
A tal fin, la Organización se hará cargo en dichos casos
exclusivamente de los gastos de desplazamiento, alojamiento y
manutención del ganador del premio, y, en su caso, del músico que lo
acompañe, sin que proceda abonar ningún tipo de remuneración por los
mismos.
A las actuaciones específicamente previstas en esta base les será de aplicación lo establecido en la undécima.
Las facultades de decisión y desarrollo referentes a la grabación,
reproducción, distribución y comunicación pública de las
interpretaciones, con las finalidades indicadas en la misma base
undécima, se entenderán atribuidas a la Organización del Festival. La
Fundación Cante de las Minas podrá, asimismo, celebrar acuerdos, en este
mismo sentido, con cualesquiera entidades e instituciones. A estos
acuerdos estarán sujetas igualmente las actuaciones del ganador del
premio “Lámpara Minera”.
DECIMOQUINTA.- Al margen de lo que, con carácter
general, se establece en las bases undécima y decimocuarta, y por lo
tanto, sin perjuicio de lo que por ellas pudiera resultar afectado el
ganador del premio “Lámpara Minera”, éste quedaría obligado, de manera
específica, a realizar la grabación de un DVD, con el asesoramiento,
dirección y supervisión del Comité Organizador, en el caso de que este
Comité acordara su realización.
Tal obligación comportará, a su vez, la de ceder a favor del Festival
Internacional del Cante de Las Minas cuantos derechos pudieran
corresponder a dicho ganador sobre la grabación de que se trata.
ANEXO I
PRIMERO.- Para optar a los premios previstos en el
Grupo I, apartados A) y B), de la base segunda, será obligatoria la
interpretación de dos diferentes estilos del cante por mineras, entre
los varios existentes en esta modalidad.
Asimismo, para optar al premio previsto en el Grupo I, apartado E),
de la citada base, será obligatoria la interpretación de dos palos
distintos entre los correspondientes a dicho apartado.
Eso aparte, se establecen las siguientes reglas en cuanto al número
máximo de coplas o letras que se podrán ejecutar en los distintos grupos
o modalidades de cante:
Grupo I (Cantes Mineros): una copla en todas las modalidades.
Grupo II (Cantes de Málaga, Granada,
Córdoba y Huelva): en cada una de las dos variantes o estilos de
malagueñas cuya interpretación se exige para optar al premio
correspondiente, una copla: en granaínas, una copla, si bien ésta podrá
ir seguida de la media granaína; en las restantes modalidades de este
grupo, dos coplas.
Grupo III (Cantes Bajoandaluces): en
tonás, tres coplas; en siguiriyas, dos coplas más el remate: en livianas
y serranas, dos coplas, si bien se admitirá la interpretación de una
copla por serranas precedida de la liviana de entrada y seguida del
cambio.
En soleares, cuatro coplas más el remate; en cañas y polos, tres coplas.
En tientos, tres coplas, o dos con el remate por tangos.
En peteneras, farrucas, fandangos personales y otros cantes encuadrables en el mismo apartado, dos coplas.
Dadas sus especiales características, no estarán sujetos a las reglas
precedentes los cantes por bulerías, tangos y cantiñas, cuya
interpretación, sin embargo, no podrá tener una duración superior a
cinco minutos.
SEGUNDO.- Si el caso se presentare, el jurado
decidirá sobre la pertinencia de que los concursantes puedan interpretar
estilos de fandangos u otro tipo de cantes no previstos expresamente en
las bases. En tal supuesto, determinará el grupo y subgrupo en que deba
encuadrarse el cante de que se trate, a efectos de opción al premio
correspondiente, y de aplicación de las reglas contenidas en el apartado
primero de este anexo.
ANEXO II
Las pruebas selectivas a que se refiere la base sexta se desarrollarán de la siguiente forma:
a) La Organización del Festival
determinará las fechas de realización de las pruebas y distribuirá entre
ellas la actuación de los cantaores previamente seleccionados de entre
los cantaores inscritos. La formalización de la solicitud de inscripción
no implicará necesariamente el ser seleccionado para la realización de
la prueba selectiva. Eventualmente, se podrá disponer que estas pruebas
se inicien aún antes de que hubiese concluido el plazo de inscripción.
b) Los concursantes, cuya convocatoria se
hará en llamamiento único, habrán de comparecer, para la realización de
las pruebas, en la fecha y en el lugar que la Organización del Festival
les señale. Para ello, la Organización propondrá dos fechas
alternativas, de las cuáles el concursante deberá elegir previamente
una. La incomparecencia comportará la eliminación automática, y la
penalización de inadmisión al concurso durante las cuatro siguientes
ediciones del certamen, salvo que aquélla se debiere a causa
justificada, que la Organización ponderará discrecionalmente.
c) Para la calificación de las pruebas
selectivas, la Organización designará un jurado, cuya composición no
tendrá necesariamente que coincidir con la del jurado que, en su día, se
designe para la calificación de las fases semifinales y final.
Asimismo, los componentes del jurado calificador de las fases
semifinales y final, no podrán desempeñar dicho cargo durante más de
tres años consecutivos.
d) Para poder ser nombrado miembro del
jurado calificador, bien de las pruebas selectivas, bien de las
semifinales o final, es requisito imprescindible no haber mantenido
relación o vínculo laboral o mercantil por otro concepto distinto con la
Fundación Cante de las Minas, por un período superior a un mes durante
las tres últimas ediciones.
e) El resultado de las pruebas
selectivas, con la relación de los cantaores clasificados para el
concurso, se hará público de manera global y, por lo tanto, sólo cuando
aquéllas hubieran finalizado en su totalidad. Contra el fallo del jurado
no procederá ninguna reclamación.
f) A los cantaores participantes en las
pruebas selectivas les será de aplicación el régimen de dietas y
viáticos establecido en la base novena.
g) La organización del
Festival adoptará las medidas necesarias para que sus decisiones
referentes a las pruebas selectivas sean conocidas oportunamente por los
concursantes, en lo que, de modo respectivo, les pudiese concernir. De
igual manera, pondrá los medios precisos para la información, consulta y
resolución de las incidencias que se pudieran presentar.
h) Queda terminantemente prohibido,
pudiendo ser motivo de descalificación, que los cantaores realicen
dedicatorias o cualquier otro tipo de proclamas en sus actuaciones
interpretativas tanto en las pruebas selectivas, como en las semifinales
o final.
i) Será obligatorio en todo caso por
parte de la entidad o institución anfitriona la grabación en audio y en
vídeo o CD de la prueba selectiva íntegra, cuya copia cederá a la
Organización del Festival.
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